PRIMERA DIVISIÓN
3 FECHAS
Diego Ramos – Juv. Unida
Maximiliano Reynoso – Belgrano
Julio Scharfspitz – Belgrano
2 FECHAS
Facundo Sastre – Juv. Unida
1 FECHA
Pedro D’Alessandro – Juv. Unida
1 FECHA – LÍMITE DE AMONESTACIONES
Brian Gauto – Sportivo Belgrano
Matías Tamoglia – Juventud Unida
Augusto Díaz – Atlético
Jonatan Barrios – Belgrano
Lihuel Delgado – Sebastián Gaboto
CUARTA DIVISIÓN
3 FECHAS
Agustin Cejas – Provincial
Gaston Santarelli – Sportivo
1 FECHA
Agustin Farias – Defensores
Lautaro Ramirez
Jose Arroyo
SALIERON LOS FALLOS DEL CLÁSICO DE TOTORAS
Aplicar al jugador perteneciente al Club Atletico Totoras Juniors, Almada, German – DNI: 38.724.146, la pena de 15 fecha de suspensión en virtud del Art. 200 (Inc. 1, Inc,3)
2) Aplicar al auxiliar del Club Atletico Totoras Juniors, Sr. Almirón Mauricio – DNI: 33.859.074 – la pena de 6 (Seis) meses de suspensión en virtud del Art. 260.
3) Aplicar al Club Atletico Totoras Juniors la multa 2 fechas de 100 V.E cada una (Total 200 V.E) Art. 80 Inc, F y G
PROTESTA SP. DIAZ: FUE DESESTIMADA POR UN ERROR ADMINISTRATIVO
Considerando que en fecha 21/06/2024, se recibe nota del Club Atletico Sp. Diaz y la misma es incorporada al expediente, donde entre sus consideraciones se plantea y cuestiona la medida de mayor proveer solicitada por éste cuerpo colegial. A la cual no damos lugar, debido a que las medidas de mejor proveer son facultades privativas de los jueces a los efectos de mejorar, esclarecer y completar pruebas incorporadas a un reclamo. Que entre el reclamo del Club Atletico Sportivo Diaz y el escrito presentado por CARJU, nos encontramos con una dicotomía en lo que respecta a las tarjetas amarillas que poseía el jugador Sebatian Lopez, DNI: 44.428.374 y con todas las actas a la vista, éste H.T.D. puede advertir un error en el cargado de las mismas por el sistema informático y administrativo de la liga, en virtud que dicho jugador nunca fue sancionado y tampoco llegó al límite de cinco tarjetas amarillas, como por un error fue cargado en dicha pagina, por lo tanto y en base al deporte y a su equidad, y en virtud de un error administrativo, no podemos condenar ni al jugador, ni al club C.A.R.J.U, cómo tampoco lo podemos hacer con el Club Atlético Sportivo Diaz, ya que el error al que llevo al realizar la protesta fue inducido por una falla en el cargado informático e imputable a la administración de la liga, es decir que no se pueden valer de un error administrativo para sacar una ventaja deportiva.
Por lo expuesto, éste H.T.D. resuelve:
1) Rechazar el reclamo formulado por el Club Atletico Sp. Diaz.
2) Que atento que el reclamo fue inducido por un error administrativo, le solicitamos a la secretaría administrativa de la liga que arbitre los medios necesarios para que dicha situación
no vuelva a ocurrir.
3) Que la queja del Club Atletico Sp. Diaz, fue inducia por un error, como ut supra se menciono, la administración deberá hacer efectiva la devolución del dinero depositado a tal efecto
en el plazo de 24 Hs.
Este H.T.D. resuelve: CLUB MACIEL LO GANÓ 1 A 0 A UNION DE TOTORAS
a) Dar por perdido el partido al club Union F. Club, Art. 80 Inc. B y penúltimo párrafo.
b) Aplicar al Club Union F. Club la multa 2 fechas por 75 V.E. cada una (Total 150 V.E.)
c) Declarar como resultado de partido, Union F. Club 0 (CERO) y Club Maciel 1 (UNO). Art. 152
d) Aplicar el gol anotado para el Club Maciel, al jugador Tudino Andres – DNI: 37.836.461.
TABLA DE POSICIONES DE PRIMERA DIVISIÓN
Posiciones DE PRIMERA DIVISIÓN
1- Sportivo RIVADAVIA DE SAN GENARO 36
2- Atlético DE SAN GENARO 31
3-Unión FC DE TOTORAS 29
4-Club Maciel DE MACIEL 29
5-T. Juniors DE TOTORAS 27
6-Defensores DE CENTENO 25
7-Alba ARGENTINA DE MACIEL 23
8-Boca DE SERODINO 22
9-Timbuense DE TIMBUES 21
Sp. Belgrano 20
Belgrano 17
Provincial 17
Sp. Díaz 16,
Juv. Unida 15,
Def. Andino 15,
Aldao 14,
ELIMINADOS
U. Clarke 6, Sebastián Gaboto 5, Granaderos SR 3
LO QUE LE QUEDA A CADA UNO
SPORTIVO RIVADAVIA 36 PTS.
(L)CLUB MACIEL
(V) A.SAN GENARO
(L) CARJU
(V) ALDAO
A. SAN GENARO 31 PTS.
(V) ALBA ARGENTINA DE MACIEL
(L) S. RIVADAVIA
(V) DEF. DE CENTENO
(L) DEF. DE ANDINO
CLUB MACIEL (29 PTS. )
(V) SPORTIVO RIVADAVIA
(L) DEF. DE CENTENO
(V) DEF. DE ANDINO
(L) TIMBUENSE
UNION DE TOTORAS (29 PTS)
(L) CARJU)
(V) ALDAO
(L) PROVINCIAL
(V) SPORTIVO DIAZ
TOTORAS JUNIORS 27 PTS
(V) DEF. DE CENTENO
(L) DEF. DE ANDINO
(V) TIMBUENSE
(L) S.GABOTO
DEFENSORES DE CENTENO (25 PTS.)
(L) JUNIORS
(V) CLUB MACIEL
(L) ATLETICO SAN GENARO
(V) CARJU
ALBA ARGENTINA DE MACIEL (23 PTS)
(L) A. SAN GENARO
(V) CARJU
(L) ALDAO
(V) PROVINCIAL DE SALTO GRANDE
BOCA DE SERODINO (22 PTS.)
(L) ALDAO
(V) PROVINCIAL DE SALTO GRANDE
(L) SPORTIVO DIAZ
(V) SPORTIVO BELGRANO DE OLIVEROS
TIMBUENSE (21 PTS)
(L) UNION DE CLARKE
(V) BELGRANO DE SERODINO
(L) JUNIORS DE TOTORAS
(V) CLUB MACIEL
SPORTIVO BELGRANO DE OLIVEROS (20 PTS.)
(L) SPORTIVO DIAZ
LIBRE
(V) GRANADEROS DE MONJE
(L) BOCA DE SERODINO
BELGRANO DE SERODINO (17 PTS)
(V) DEF. DE ANDINO
(L) TIMBUENSE
(V) GABOTO
(L) UNION DE CLARKE
PROVINCIAL DE SALTO GRANDE (17 PTS.)
(V) GRANADEROS DE MONJE
(L) BOCA DE SERODINO
(V) UNION DE TOTORAS
(L) ALBA ARGENTINA DE MACIEL
SPORTIVO DIAZ (16 PTS)
(V) SPORTIVO BELGRANO DE OLIVEROS
(L) GRANADEROS DE MONJE
(V) BOCA DE SERODINO
(L) UNION DE TOTORAS
DEFENSORES DE ANDINO (15 PTS )
(L) BELGRANO DE SERODINO
(V) JUNIORS DE TOTORAS
(L) CLUB MACIEL
(V) A. SAN GENARO
CARJU DE BARRANCAS (15 PTS)
(V) UNION DE TOTORAS
(L) ALBA ARGENTINA DE MACIEL
(V) SPORTIVO RIVADAVIA
(L) DEFENSORES DE CENTENO
ALDAO (14 PTS.)
(V) BOCA DE SERODINO
(L) UNION DE TOTORAS
(V) ALBA ARGENTINA DE MACIEL
(L) SPORTIVO RIVADAVIA
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